Los llamados tokens no fungibles o NFT (por sus siglas en inglés), han sido ampliamente difundidos y acogidos en el mundo digital. Sin embargo, hay discusiones sobre qué son, por qué han tenido gran popularidad, y sobre aquello que realmente adquiere el propietario cuando compra un NFT. Daremos respuesta brevemente a estas inquietudes en el presente artículo.
Los NFT son un desarrollo tecnológico que materializa el uso de blockchain en el desarrollo de los negocios. Se trata de intangibles no fungibles con representaciones digitales únicas de cualquier objeto o activo. Es decir, que en una cadena de bloques o blockchain, son una pieza de código del software identificadas por un único “serial” que lo vincula con algún objeto o activo del entorno digital. De esta característica deriva su importancia: los NFT son únicos e indivisibles, por lo cual no se pueden remplazar por otro igual, o fraccionar en denominaciones más pequeñas. Así, permiten representar obras de arte digitales y otros objetos de colección o creaciones virtuales, en activos únicos y verificables, que facilitan su comercialización. En algunos casos se trata de obras únicas y en otros existen piezas limitadas.
Este atributo es lo que ha favorecido el éxito de los NFT en el mercado y su reciente popularidad, pues están siendo usados principalmente en el arte y en la industria del entretenimiento digital.
Gracias a los NFT, las personas cuentan con una garantía de autenticidad y propiedad exclusiva de las obras digitales, a pesar de no ser “palpables” en el mundo físico. Así como con las criptomonedas, hay un registro de quién es dueño del NFT toda vez que se está apalancado en la tecnología blockchain. Estos registros no se pueden falsificar, pues quedan reflejados en miles de computadores en todo el mundo. Por ello, sin importar cuántas veces se copie el contenido representado, siempre habrá una versión auténtica e individualizada que pertenece al titular del NFT.
Un símil nos puede ayudar a explicar esto de una forma más simple. En el mundo físico, una obra de arte como la Mona Lisa es única y auténtica. Su dueño es Francia y está exhibida en el Louvre de París. Es una de las obras con más copias en el mundo, pero con independencia de sus reproducciones solo existirá un cuadro original que es irremplazable, elaborada por Leonardo Da Vinci. Esto mismo permiten los NFT en el entorno digital. Estos tokens permiten identificar quién es el dueño de esa “versión original” de las obras y demás activos que garantiza. Por ello, los NFT han captado la atención del mundo, llegando a recaudar exorbitantes sumas de dinero por su adquisición.
A manera de ejemplo, uno de los casos más difundidos recientemente es el de “Charlie bit my finger” (o Charlie mordió mi dedo), un video con más de 886 millones de reproducciones en Youtube, que muestra una escena familiar de dos hermanos, y que es uno de los primeros videos en viralizarse. Este adorable video de 55 segundos fue subastado recientemente con su NFT por una suma de USD 760.000. El video sigue publicado en YouTube al momento en que escribimos esta nota a la espera de que el dueño del NFT decida si elimina su publicación en esa plataforma.
Igualmente, encontramos la comercialización de gatos virtuales únicos, o la venta de la colección de los primeros 5000 días de las obras digitales elaboradas por Beeple, que fue subastada por Christie´s en 69 millones de dólares, sorprendiendo al artista (pueden ver su reacción en este link). Incluso, ya se está experimentando con obras de arte generadas por programas de computación, con lo cual surge un reto adicional: el manejo de la propiedad intelectual de las obras generadas por programas de Inteligencia Artificial.
El éxito de los NFT es, sin duda, un reto para las políticas públicas que fomentan el arte y la legislación en cada país. Los artistas digitales deben contar con legislaciones coherentes, que les permita hacer uso del entorno digital para promocionar y comercializar sus obras, y sobre todo proteger su autenticidad. Especialmente para países como Colombia, que están haciendo esfuerzos importantes para fortalecer el ecosistema de emprendimiento digital.
¿Cuáles son las discusiones asociadas a la titularidad de activos digitales?
La comercialización de los NFT conlleva grandes preguntas en torno a los derechos asociados a su adquisición. Estas son las discusiones más comunes:
- Expectativas sobre su funcionamiento
Un malentendido común es asimilar la tecnología que hace posible los NFT a un dispositivo de almacenamiento. Un NFT es un token, que al usar blockchain, permite hacer transferencias completamente rastreables, a manera de un libro de contabilidad descentralizado. Es por todo esto que, el registro del activo, y la obra digital como tal, no residen juntas.
Debido a que se trata de elementos diferentes, es indispensable conservar la obra digital en un espacio seguro para evitar que terceros puedan tener acceso a ella y generar copias no deseadas o difundirlas sin autorización.
- La obra puede ser copiada, el NFT no
Una de las bondades de los NFT, es que este registro es único y prácticamente inalterable gracias a la tecnología blockchain. No obstante, la obra digital está alojada en un lugar distinto, y a diferencia del mundo físico, en el mundo digital se pueden hacer copias exactamente iguales, el activo puede ser fácilmente copiado y reproducido. Lo anterior, implica que el ser dueño o propietario de un NFT vinculado a cierta obra digital, no evita que ésta pueda ser copiada por terceros, y que, si bien dichas copias no estén vinculadas a ningún NFT, éstas pueden tener exactamente las mismas características de la versión inicial.
Retomemos el video de Youtube “Charlie bit my finger” mencionado anteriormente. Si bien el NFT adquirido en la subasta es único, cualquier persona con conexión a internet podría descargar una copia. La diferencia es que el comprador de la subasta será quien tenga aquel “certificado de autenticidad” con dicho NFT y si así se acordó, puede tomar decisiones sobre dónde almacenar el contenido original. Por eso está pendiente la decisión de si el video va a permanecer o no en YouTube.
- ¿Qué se adquiere realmente al comprar un NFT?
En la actualidad no hay ninguna norma que regule cuáles son los derechos derivados de la compra de un NFT, y por ello, dependerá de lo pactado en cada caso particular. Ésta será la única fuente que indique el alcance de lo que adquiere el comprador al momento de pagar por un NFT.
Fuentes:
- https://www.lexology.com/library/detail.aspx?g=c9c511ab-d512-4527-bffb-34d29a9348ac
- https://edition.cnn.com/2021/05/22/us/charlie-bit-my-finger-nft-trnd/index.html
- https://revistapym.com.co/opinion/licencias-nft-propiedad-intelectual-digital
- https://www.elperiodico.com/es/opinion/20210405/articulo-liliana-arroyo-nfts-11636172
- https://www.washingtonpost.com/es/post-opinion/2021/04/08/nft-crypto-token-no-fungible-que-son-peligros/
- https://www.rtve.es/noticias/20210404/son-nft-valen-millones/2084293.shtml
- https://cnnespanol.cnn.com/2021/03/24/que-son-tokens-no-fungibles-nft-trax/
- https://www.larepublica.co/ocio/conozca-que-son-los-nft-y-las-diferencias-de-inversion-con-el-arte-fisico-tradicional-3152965
- https://www.bbc.com/mundo/noticias-56502251
- https://www.youtube.com/watch?v=V9Kr2SujqHw